La Justicia de Garantías consideró que no existen en la investigación suficientes elementos probatorios que incriminen a la oficial Micaela Estigarribia por los delitos en los que sí habrían incurrido tres de sus compañeros de la comisaría sexta en septiembre del año pasado.
La Justicia de Garantías sobreseyó a una policía que había sido acusada, junto otros tres efectivos de la comisaría sexta, de aprehender ilegalmente a dos adolescentes y torturarlos en un descampado.
La magistrada Rosa Frende consideró que no existe sustento probatorio para incriminar a la oficial Micaela Estigarribia, la única de quienes habían sido imputados que se encontraba en libertad. Así lo consideró tras analizar la investigación del fiscal Juan Pablo Lódola y en línea con el pedido que la abogada Adelina Martorella presentó tras la requisitoria de elevación a juicio de la causa.
En cambio, la jueza hizo lugar al pedido de Lódola en torno a la situación procesal de los otros tres policías, Ariel Estevez Pitrau, Sandra Vanesa Cano y Jonathan Cabrera, a quienes consideró coautores de los delitos de detención funcional ilegal y torturas concurriendo materialmente entre sí.
En la resolución de 23 páginas a la que tuvo acceso LA CAPITAL, Frende señaló: “Fruto del análisis efectuado llego a mi sincera convicción que el material probatorio no logra abastecer en la instancia de dar por acreditado el dolo exigido en las figuras penales endilgadas”.
Para el fiscal, Estigarribia había tenido un rol de participe secundaria en los hechos. Sin embargo, la magistrada no encontró “claros fundamentos” que la conduzcan “inexorablemente a mantener ahora el rol atribuido en la imputación”.
“Si bien está probado la presencia la Estigarribia en el lugar el día y hora de los hechos, su única participación fue la de cumplir con sus funciones: en acto de servicio proceder a individualizar a dos personas en la vía pública solicitando por la vía específica sus antecedentes para luego pasar a ser tan solo espectadora de maniobras y conductas inesperadas de carácter ilícito por propios compañeros pertenecientes a fuerzas de seguridad”, sostuvo Frende en su resolución.
Y agregó: “De ninguna de las constancias abordadas surge otra conducta que le resulte reprochable, tampoco las victimas respecto de esta persona lo señalaron. Es decir que se descarta en ella todas las acciones violentas descriptas y analizadas respecto de los demás imputados”.
Vale aclarar, de todas formas, que el fallo de la jueza Frende puede ser apelado por el fiscal Lódola en los próximos días.
El caso
El caso tomó relevancia en octubre del año pasado, pero el hecho había sido denunciado antes por la madre de uno de los adolescentes. El sábado 17 de septiembre de 2022 la mujer llamó al 911 y dijo que su hijo había sido golpeado por personal de la Policía Bonaerense.
Inicialmente la causa recayó en la fiscalía de Alejandro Pellegrinelli, quien ordenó que las víctimas fueran al cuerpo médico, donde se confirmaron las heridas. Luego, al entender que los implicados eran policías, fue derivada al fiscal Juan Pablo Lódola.
El menor presentó su testimonio y relató todo lo que sucedió, las amenazas, tormentos y torturas sufridas. El adolescente, de 14 años, aportó también las características de los policías y aseguró que reconocía a tres de ellos. Además, dijo que era la tercera vez que era detenido y que en dos ocasiones lo habían llevado a la comisaría sexta. Esta afirmación se encuentra corroborada con las actuaciones policiales, de las que no hay registro oficial de lo ocurrido el 17 de septiembre, cuando en vez de llevarlo a la comisaría sexta lo trasladaron, junto a un amigo, a un descampado en Strobel al 10500.
La otra víctima, el adolescente de 16 años, dio un relato coincidente. Para la fiscalía esto resalta la verosimilitud en los testimonios, no solo en la medida que resultan relatos coincidentes entre sí, en los tramos generales de tiempo, modo y lugar, sino también en cuestiones de detalles, como expresiones que habrían realizado los imputados y las circunstancias.
“Ahora van a ver cómo los matamos “. “Los que mandamos somos nosotros“. “Me parece que te vamos a matar acá”. “Tienen tres segundos:tres, dos, uno…”. Estas son algunas de las frases que las víctimas, cada uno en sus relatos en sede judicial, aseguraron que los policías les decían.
Posteriormente, los efectivos fueron detenidos. En diciembre, la Sala I de la Cámara de Apelaciones y Garantías confirmó sus procesamientos y la prisión preventiva de tres de ellos, con excepción de Estigarribia.
A pesar de las presentaciones de los abogados defensores Mauricio Varela, por Ariel Marcelo Estévez Pitrau y Jonathan Elías Cabrera, y Martín Bernat por Sandra Vanesa Cano, los policías siguieron imputados “privación ilegal de la libertad, agravado y torturas, concurriendo ambos materialmente entre sí”.
La prisión preventiva de los policías Estévez Pitrau, Cabrera y Cano había sido resuelta por la jueza Frende, tras considerar que existían riesgos procesales en el caso de que recuperaran su libertad. Estigarribia, en tanto, fue liberada entonces al establecerse que no había tenido una participación directa con los apremios y torturas contra dos menores, lo cual ahora fue nuevamente considerado por la misma magistrada al dictar su sobreseimiento.